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Constitución catalana

Hoy ya conocemos el contenido del proyecto de una constitución catalana, la redacción definitiva de la cual, sin embargo, será fruto del Parlamento constituyente, que elegiremos, y será la gran oportunidad de empezar a construir el país que queremos. Su contenido será determinante para la convivencia y para definir el tipo de país que deseamos. Será la herramienta por la que los catalanes, en una futura república, podremos decir qué valores consideramos esenciales en nuestro día a día y qué instituciones nos deben regir en nuestro debate político y administrativo. El reto, por tanto, es mayúsculo y fascinante.

La independencia de Cataluña sólo tiene sentido para conseguir un país donde se viva mejor y, para ello, en el momento en que se pueda hacer el proceso constituyente debemos recoger lo que los catalanes consideramos esencial para nuestra convivencia. Supongo que estos anhelos no difieren mucho de lo que quieren nuestros vecinos europeos, pero nosotros ahora tendremos la suerte y la oportunidad única de poderlos recoger en un texto jurídico.

Un texto constitucional debe recoger los principios de que una sociedad se quiere dotar, valores calientes y valores fríos. Esta distinción no es mía, sino del jurista y filósofo italiano Norberto Bobbio. Cuando hablamos de valores calientes son, por ejemplo, principios como el derecho a la vida, la no aplicación de la tortura, la libertad y la seguridad de las personas, la inviolabilidad de domicilio, la libertad de expresión, etc. derechos, muchos de ellos, nacidos de una tradición liberal e inherentes a las personas, pero la sociedad fue ampliando estos valores incluyendo otros que hoy son esenciales, como el derecho a la educación, a la sanidad, a la asociación, manifestación, etc., derechos de un carácter más social. Ahora hay colectivos de ciudadanos que quieren ir incluyendo otros valores dentro del listado, que consideran que deben pasar de ser meras declaraciones de voluntad a ser derechos claros y sustantivos, pensamos en derechos como la vivienda, el trabajo, asegurar el estado del bienestar, etc. No sé cuáles de estos nuevos valores se incluirán en un texto constitucional, pero es evidente que este es el gran debate que se nos puede abrir como sociedad, y el gran reto que tendrán los constituyentes del Parlamento de Cataluña. Pero esta oportunidad puede ser agua de borrajas si no se recogen principios como los de imperio de la democracia, legalidad, división de poderes, definición de las instituciones legislativas, ejecutivas y judiciales, y normas de solución de los conflictos entre instituciones, recoge de la iniciativa popular legislativa y otros que tienen que hacer la arquitectura del sistema que son los valores fríos, que no nos apasionan tanto pero que aseguran el ejercicio de los demás.

Supongo que aquellos que tengan que plantearse estas cuestiones tendrán muchos caminos y modelos a seguir, afortunadamente la historia y el derecho dan muchos ejemplos, pero -y es mi opinión- se debe intentar evitar una constitución código, una constitución que quiera regular todos los aspectos de manera exhaustiva, casi reglamentaria. Ponemos de ejemplo el fallido intento de una constitución europea, con este tipo de norma encotillaríamos el valor principal que es la democracia. La constitución debe permitir que la sociedad se vaya dotando de inquietudes y que las solucione de acuerdo con sus valores, que evolucionan. Tiene que ser un texto ágil y, a pesar de que tiene que tener una voluntad de perdurar, debe ser subsanable mediante procesos extraordinarios, reforzados, pero no imposibles. También creo que para evitar la caducidad de un texto constitucional, su desarrollo se debe dejar en manos del legislador mediante un paquete de leyes políticas que pidan consenso importante para su aprobación y modificación, pero posibles, y en este sentido debemos recordar la afortunada pluralidad política catalana.

Cuando estudiaba se presentó la Constitución española de 1978 como un texto amplio que permitía una aplicación diversa según las diferentes sensibilidades políticas. La realidad ha sido que, 30 años después, su interpretación no es tan amplia y, amparándose en su literalidad y hermenéutica, ha permitido defraudar las aspiraciones democráticas de parte de la población, en este caso, de los catalanes.

Sea como sea, parece que hemos iniciado el camino para esta gran oportunidad de dotarnos de una constitución que sirva para cosas bien simples: que los catalanes vivamos mejor, y hacerlo con libertad y seguridad.

JOAN BOU MIAS – ABOGADO
Artículo publicado en EL PUNT AVUI (02/02/2015)