¿Qué ocurre si estoy de vacaciones o no disponible y recibo notificaciones por vía electrónica de Hacienda? ¿Cómo evitar que se tengan por notificadas? ¿Dispongo de algún tiempo de “descanso” durante el cual la AEAT no puede enviar notificaciones electrónicas? Esto es posible gracias a los días de cortesía.
Como solicitar los días de cortesia
Ahora bien, es posible, configurar un periodo sin recepción de notificaciones electrónicas de la Agencia Tributaria, estos son los llamados “días de cortesía”. Consiste en un plazo de 30 días naturales en los que la Agencia no podrá poner notificaciones a su disposición.
Para solicitar estos días conviene tener en cuenta determinados aspectos:
- Deben solicitarse con un mínimo de 7 días naturales de antelación al comienzo del periodo deseado.
- Si es un tercero la persona que va a gestionar tanto las notificaciones electrónicas como los días de cortesía, deberá estar apoderado ante la Agencia Tributaria en el trámite GENERALNOT y asegurarse de que se ha confirmado el apoderamiento.
- Para solicitar los días de cortesía hay que acceder a la web de la Agencia Tributaria con un certificado electrónico.
- Si el certificado electrónico seleccionado está suscrito al sistema de notificación electrónica, se mostrará el calendario del año natural en curso para señalar los días deseados, que serán naturales, debiéndose marcar también los sábados y domingos.
- No existe periodo mínimo de días, el total de días de cortesía son 30 días al año pudiéndose elegir de una sola vez(seguidos) o en varios periodos durante el año natural.
- Además, siempre que se realice con 7 días de antelación se puede cambiar o anular alguna de las fechas señaladas en la opción «Modificar».