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Obligación de los autónomos de incorporarse al Sistema Red

Los autónomos están obligados a realizar sus trámites, recibir y firmar notificaciones por vía electrónica

A partir del 1 de octubre de 2018, los trabajadores autónomos están obligados a llevar a cabo todos los trámites, incluida la recepción y firma de notificaciones, por Sistema RED.

Esta normativa afecta a todos los trabajadores autónomos, así como los trabajadores Agrarios (SETA) y del Mar.

Es importante saber que no habrá notificaciones postales donde se informe de esta nueva medida, los autónomos deben ponerlo en práctica a partir de ahora.

Posibilidades de llevar a cabo los trámites:
– Sede Electrónica de la Seguridad Social (SEDESA). El trabajador por cuenta propia podrá realizar las gestiones directamente con la Tesorería General de la Seguridad Social mediante los servicios electrónicos disponibles.
– Sistema Red (Reemisión Electrónica de Datos). El autorizado RED es quien actúa representando al trabajador autónomo.

¿Cómo pueden hacerlo?
El trabajador autónomo puede afiliarse él mismo como autorizado RED, o bien hacerlo a través de una gestoría. El trabajador por cuenta propia que ya dispone de un asesor autorizado RED que haga las gestiones en su nombre, no tiene que realizar ningún trámite. Por el contrario, el autónomo que quiera figurar como autorizado RED, debe disponer de un certificado digital. El autorizado RED se pre-asigna al interesado, que a través de la Sede Electrónica de la TGSS confirmará su asignación.

Algunos de los trámites que podrá administrar:
– Alta y baja en el RETA.
– Cambio en la base de cotización.
– Modificación de la actividad.
– Variación de datos.
– Obtención de informes y certificados.
– Obtener vida laboral y bases de cotización, etc.
– Recepción y firma de notificaciones telemáticas.

Así pues, rogamos que, si todavía no disponen de certificado digital y están incluidos en cualquiera de los supuestos mencionados, se pongan en contacto con nosotros de manera urgente para poder solicitarlo lo antes posible, y en su caso asignarnos como autorizados para poder recibir y firmar las notificaciones telemáticas, así como llevar a cabo los trámites que necesiten a través de este canal.