¿Qué ocurre si estoy de vacaciones o no estoy disponible y recibo notificaciones por vía electrónica de Hacienda? ¿Cómo evitar que se tengan por notificadas? ¿Dispongo de algún tiempo de «descanso» durante el cual la AEAT (Agencia Estatal de Administración Tributaria) no pueda enviar notificaciones electrónicas? Esto es posible gracias a los días de cortesía.
CÓMO SOLICITAR LOS DÍAS DE CORTESÍA
Ahora bien, es posible configurar un periodo sin recepción de notificaciones electrónicas de la Agencia Tributaria; estos son los llamados «días de cortesía». Consiste en un plazo de 30 días naturales durante los cuales la Agencia no podrá poner notificaciones a su disposición.
Para solicitar estos días conviene tener en cuenta determinados aspectos:
- Deben solicitarse con un mínimo de 7 días naturales de antelación al inicio del periodo deseado.
- Si es un tercero quien va a gestionar tanto las notificaciones electrónicas como los días de cortesía, deberá estar apoderado ante la Agencia Tributaria en el trámite GENERALNOT y asegurarse de que el apoderamiento ha sido confirmado.
- Para solicitar los días de cortesía es necesario acceder a la página web de la Agencia Tributaria con un certificado electrónico.
- Si el certificado electrónico seleccionado está suscrito al sistema de notificación electrónica, se mostrará el calendario del año natural en curso para señalar los días deseados, que serán naturales, debiéndose marcar también los sábados y domingos.
- No existe un periodo mínimo de días; el total de días de cortesía es de 30 días al año, pudiéndose elegir de una sola vez (seguidos) o en varios periodos durante el año natural.
- Además, siempre que se realice con 7 días de antelación, se puede modificar o anular cualquiera de las fechas señaladas en la opción «Modificar».
ELECCIÓN DE LOS DÍAS DE CORTESÍA EN LOS TEA
Los usuarios incluidos en el sistema de Notificaciones Electrónicas Obligatorias (NEO) o que se hayan suscrito voluntariamente al procedimiento de recepción de notificaciones en la sede electrónica de los TEA, podrán señalar hasta un máximo de 30 días en cada año natural durante los cuales los Tribunales Económico-Administrativos no podrán poner notificaciones a su disposición en la Dirección Electrónica Habilitada única (DEHú).