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Directrices del Plan de Inspección de la AEAT para el año 2022

El Plan de Inspección para el año 2022 no aporta demasiadas novedades respecto al del año 2021, de su cargante lectura se extrae que la Agencia Tributaria española prioriza la recopilación de datos, tanto nacionales como internacionales, para el tratamiento con herramientas informáticas de primer nivel y con técnicas de minería ”Big Data”. Por tanto, atención con los rastros fiscales que vamos dejando en el día a día porque tarde o temprano se pueden conocer y analizar.

Detallaremos seguidamente aquellos aspectos en los que se manifiesta más interés por parte de la AEAT, intentaremos un ejercicio de ordenarlos por la importancia que parecen tener por el órgano inspector:

  • Control de operaciones de comercio electrónico.
  • Empresas y grupos menos perjudicados por el COVID.
  • Comprobación de residencias fiscales.
  • Operaciones con criptomonedas.
  • Control de sectores con uso intensivo del efectivo.
  • Sociedades inactivas como pantalla para ocultar patrimonios y/u operaciones tributables.
  • Sociedades con pérdidas reiteradas y no compensadas, así como con deducciones pendientes de aplicar.
  • Sociedades pantalla entre el titular y la operación grabable para remansar beneficios a tipos más bajos.
  • Control de patrimonios y cuentas corrientes en el extranjero.
  • Operaciones de comercio con países asiáticos con infravaloración del valor declarado.
  • Visitas donde se desarrolla la actividad económica para detectar cajas registradoras y sistemas informáticos que ennegrezcan operaciones.
  • Control de grandes devoluciones tributarias.
  • Operaciones inmobiliarias para establecer si tributan por IVA o ITP.
  • Control de los datos de los tributos autonómicos para la detección de operaciones significativas.
  • Deportistas y artistas no residentes por las actividades en España.
  • Grupos fiscales del Impuesto de Sociedades pequeños y con pocas eliminaciones intragrupo.
  • Tributación de las rentas de los falsos autónomos.
  • Relaciones con paraísos fiscales/jurisdicciones no cooperativas.
  • Importación de vehículos.
  • Correcta aplicación del recargo de equivalencia del IVA a minoristas.
  • Seguimiento de los titulares de ”conveniencia” de TPV.
  • Comprobación de la división artificial de actividades económicas entre personas físicas a tributar en módulos.
  • Envío de cartas con informaciones estadísticas del sector para avisar a contribuyentes con parámetros ”no normales”.
  • Uso abusivo de sociedades para diferir el impuesto personal y/o con incorporación de gastos de tipo particular.
  • Abusos de normas internacionales para remansar beneficios en el exterior.
  • Contribuyentes con grandes sanciones y/o insolventes que utilicen sociedades a operar.
  • Fundaciones con actividad económica.
  • Control de signos externos de riqueza o gastos con unos niveles no compatibles con el historial tributario del contribuyente.
  • Declaración por la renta ”mundial”, es decir, integración por parte del contribuyente español de las rentas obtenidas de todo el mundo.
  • Importaciones donde no exista inversión del sujeto pasivo.

La lista es extensa y da una idea por dónde van las comprobaciones fiscales, si desea analizar con más profundidad algunos de sus aspectos puede hacerlo saber a BOU & ASSOCIATS y le atenderemos gustosamente.

Gerona, Febrero 2022