SUMARIO

  1. Presentar la declaración del IRPF conforme a la información suministrada por la AEAT no garantiza la ausencia de sanción por infracción tributaria.
  2. Obligación de informar sobre la cesión de uso de viviendas con fines turísticos.
  3. No hay ganancia de patrimonio no justificada si se acredita que la titularidad de los bienes procede de un ejercicio prescrito.
  4. En la transmisión de un terreno, los gastos de urbanización posteriores a la adquisición no se deben añadir al precio de adquisición para calcular la plusvalía sujeta al impuesto.
  5. Presentación extemporánea del modelo 720: el TEAC anula la sanción del 150% de la ganancia patrimonial imputado por el valor de los bienes en el extranjero por falta de culpabilidad.
  6. Para que sea deducible la retribución del administrador debe estar establecida su cuantía en los estatutos de forma determinada o perfectamente determinable.
  7. Comunidad Autónoma de Cataluña. Impuesto sobre los Activos no Productivos de las Personas Jurídicas.

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