Os informamos de que hoy, 3 de diciembre de 2025, se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto-ley 15/2025, que introduce una prórroga significativa en el calendario de adaptación a los requisitos técnicos del sistema Veri*factu, previsto en el Real Decreto 1007/2023.
La norma amplía un año los plazos de obligado cumplimiento, de manera que:
Los obligados del artículo 3.1.a) (Personas jurídicas que tributen por el Impuesto sobre Sociedades) deberán tener los sistemas informáticos adaptados antes del 1 de enero de 2027.
El resto de obligados del artículo 3.1 (Autónomos – Personas físicas con actividad económica y entidades en régimen de atribución de rentas con actividad económica) dispondrán hasta el 1 de julio de 2027.
Los productores y comercializadores de programas de facturación mantienen el plazo máximo de nueve meses desde la entrada en vigor de la Orden HAC/1177/2024, sin perjuicio de las nuevas fechas límite.
Cabe recordar que, como cualquier real decreto-ley, la norma es vigente y plenamente aplicable desde el día siguiente a su publicación, aunque queda sujeta a la convalidación del Congreso de los Diputados en el plazo máximo de 30 días.
Solo en caso excepcional de que el Congreso la derogue, la norma dejaría de producir efectos.
Desde nuestro despacho continuaremos haciendo seguimiento de todas las novedades y os asesoraremos en el proceso de adaptación para garantizar el cumplimiento de la normativa en los plazos actualizados.
Quedamos a vuestra disposición para cualquier aclaración.


