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Próximos cambios en el modelo 303 de autoliquidación del IVA

El Ministerio de Hacienda ha publicado a propuesta de la Agencia Tributaria el proyecto de orden que establece las futuras modificaciones en los modelos 303, 322 y 353 de autoliquidación del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) de cara al próximo año con el objetivo de mejorar la información disponible y facilitar su cumplimentación.

Proyecto de Orden por la que se modifica la Orden EHA/3434/2007, de 23 de noviembre, por la que se aprueban los modelos 322 de autoliquidación mensual, modelo individual, y 353 de autoliquidación mensual, modelo agregado, y el modelo 039 de Comunicación de datos, correspondientes al Régimen Especial del Grupo de Entidades en el Impuesto sobre el Valor Añadido y la Orden EHA/3786/2008, de 29 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 303 (Impuesto sobre el Valor Añadido, Autoliquidación).

Es de esperar que esta normativa sea aprobada y publicada en el Boletín Oficial del Estado a finales de año con efectos para los períodos de liquidación que se inicien a partir del 1 de enero de 2021.

En lo que respecta al modelo 303 de autoliquidación del IVA, las novedades se centran principalmente en las secciones de identificación y de resultado.

En el apartado de identificación se reformula la redacción de las distintas opciones para pasar de un formato de preguntas a uno de verificación, de tal forma que para cada opción se establece una única casilla que marcar si es el caso en lugar del actual sistema de dos casillas (SI/NO).

Por otra parte, en el apartado de resultado se añaden dos nuevas casillas para indicar las cuotas a compensar aplicadas en el período y las que quedan pendientes para períodos posteriores, lo que facilitará conocer en cada momento los saldos aplicados y pendientes.

Por último, se renombra la casilla 93 del apartado exclusivamente a cumplimentar en el último período de liquidación por aquellos sujetos pasivos que queden exonerados de la Declaración-resumen anual del IVA para que coincida su contenido con el de la casilla 59 del apartado de información adicional.

También está pendiente de aprobación y publicación con efectos para el ejercicio 2021 la modificación de la Ley del IVA para transponer las Directivas (UE) 2017/2455 del Consejo, de 5 de diciembre de 2017, y Directiva (UE) 2019/1995 del Consejo, de 21 de noviembre de 2019, que introducirán cambios en la regulación del IVA del comercio electrónico tanto en las prestaciones de servicios como en las ventas a distancia de bienes.